Más de 15.000 euros

Condenan a una discoteca de un municipio de Mallorca por dejar ciego a un joven turista

La bola le provocó una explosión en el globo ocular de ambos ojos y a pesar de que ha sido sometido a varias intervenciones quirúrgicas, ha perdido la vista y en estos momentos está ciego

La fiesta se celebró en Punta Ballena de Magalluf. / ARCHIVO

J.F. Mestre

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La Audiencia de Palma ha condenado a la empresa que explota una conocida discoteca de Magalluf, en Calviàpara que responda de los daños que sufrió un joven cliente, que participó en una fiesta especial, que consistía en lanzar bolas de pintura ultravioleta. Una de estas bolas, lanzada desde una pistola especial que manejaba un empleado, le explotó en la cara al joven escocés, de 18 años de edad, que había viajado por primera vez a Mallorca acompañado de un grupo de seis amigos. La bola le provocó una explosión en el globo ocular de ambos ojos y a pesar de que ha sido sometido a varias intervenciones quirúrgicas, ha perdido la vista y en estos momentos está ciego.

La sentencia condena a la empresa a que indemnice a la víctima con 150.000 euros. Solo es la mitad del dinero que le corresponde al joven como consecuencia de las lesiones y secuelas que le ha supuesto este incidente. El resto del dinero ya lo abonó la compañía de seguros que cubría la responsabilidad de la discoteca. Sin embargo, la póliza no alcanzaba la totalidad de la indemnización. Por ello, la empresa tendrá que pagar el resto del dinero que no ha abonado la aseguradora.

Este accidente ocurrió en la madrugada del día 12 de julio del año 2018. Esa noche la discoteca organizó para sus clientes una celebración especial. Se denominaba fiesta 'Holy', que en esas fechas estaba de moda. Consistía en lanzar, a través de una pistola especial, unas bolas de pintura fluorescente contra los clientes. No se adoptó ningún tipo de medida de seguridad ni se especificó que estas bolas podrían ocasionar daños.

El joven escocés, de nombre Dillon, recibió de pronto un impacto en la cara. Una bola había alcanzado sus dos ojos a la vez, provocando una inmediata explosión del globo ocular. De pronto perdió la visión, que no ha vuelto a recuperar. De inmediato se comprobó el alcance de las lesiones. Una ambulancia lo trasladó al hospital de Son Espases. El oftalmólogo comprobó la gravedad de las lesiones que sufrió el joven turista.

Su madre viajó de inmediato a Mallorca. La mujer fue quien decidió el traslado de su hijo a un centro hospitalario de la ciudad de Glasgow, en Escocia. Sin embargo, los médicos británicos no pudieron hacer nada para que el joven pudiera recuperar la vista. La víctima presentó una demanda contra la empresa que explotaba el local de ocio y solicitó una indemnización de un millón de euros. El juzgado de primera instancia limitó la indemnización a 2.600 euros, alegando que no se había acreditado la ceguera del joven turista.

Sin embargo, la Audiencia ha elevado esta indemnización. El tribunal sí considera que la ceguera aparece acreditada en un informe que ha sido elaborado por un médico del hospital de Son Espases.

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La sentencia confirma que el turista británico no ha podido acreditar una serie de circunstancias que solicitaba en la demanda. Por ejemplo, no acredita qué tipo de cambio familiar ha supuesto su pérdida de visión. Tampoco ha detallado si ha tenido que realizar cambios en su domicilio para adecuarlo a una persona joven que carece de la capacidad de poder ver.

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