Tribunales

La Justicia gallega otorga una pensión de viudedad vitalicia a una mujer cuyo marido se suicidó

En un primer momento le fue denegada, pero los jueces han corregido a la administración al concluir que dicha causa de muerte debe considerarse accidente, y no enfermedad, a efectos legales

La macrosala de vistas de la Ciudad de la Justicia de Vigo. / Marta G. Brea

El Juzgado de lo Social 1 de Vigo primero y el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) en una reciente sentencia han declarado el derecho de una mujer cuyo marido se suicidó a percibir la pensión de viudedad de forma vitalicia, condenando por ello al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a hacer efectivo el pago de la prestación. Frente al criterio de la Administración, los jueces consideran que el fallecimiento por suicidio del esposo de la demandante debe entenderse como accidente no laboral, y no como enfermedad, a efectos legales y que se cumple también el requisito de que, a la fecha de la muerte, la pareja llevaba ya dos años de convivencia.