A las parejas de hecho catalanas con dos años de convivencia y que no han formalizado su relación ante notario o en el registro de la Generalitat se les puede complicar la vida, a nivel burocrático, si el Tribunal Constitucional (TC) anula por inconstitucional el artículo 234.1 del Código Civil catalán que regula este tipo de relación.
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El Constitucional decidirá si todas las parejas de hecho de Catalunya deben registrar su unión
El debate jurídico se centra en el artículo de la ley autonómica que considera unión estable la relación de dos personas con dos años de convivencia, sin necesidad de pasar por el notario o inscribirse en el registro de la Generalitat
El Supremo reconoce a las parejas de hecho el acceso al título de familia numerosa
Imagen de archivo de una familia en un parque. EFE/EPA/ETTORE FERRARI
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