protección de datos
La Generalitat multa con 20.000 euros el reconocimiento facial para los exámenes de la UOC
Más de 31.000 universitarios usaron este sistema durante los exámenes del primer semestre del pasado curso en 2022
Las universidades a distancia del futuro usarán el reconocimiento facial para combatir la suplantación
La Autoridad Catalana de Protección de Datos (APDCat) de la Generalitat ha sancionado con 20.000 euros a la Universitat Oberta de Catalunya (UOC) por usar un sistema de reconocimiento facial en los exámenes finales. Según la resolución de la sanción publicada en la web de APDCat, el tratamiento de los datos biométricos de los estudiantes no está incluido en ninguna de las excepciones del reglamento de protección de datos. El sistema lo habrían utilizado más de 31.000 universitarios en los exámenes del primer semestre del pasado curso, en enero de 2022. La universidad alega que el sistema es proporcional y adecuado para verificar la identidad de los alumnos.
El 4 de noviembre de 2021 una persona denunció en la APDCat el método de reconocimiento facial para los exámenes de la UOC. El sistema, obligatorio para poder realizar los exámenes, requería que el estudiante capturara una imagen de su cara para luego compararla con la de su DNI. La foto también se usaba para compararla con las imágenes que se capturan mientras el estudiante está realizando el examen. Posteriormente, y hasta mayo del 2022, otras cuatro personas interpusieron denuncias similares.
En una primera instancia, la UOC respondió que este sistema ayudaba a prevenir y detectar el posible fraude académico y que los estudiantes, al matricularse en la UOC ya sabían que los examenes eran virtuales y se usaban estos métodos. La universidad también alegaba que la mayoría de asignaturas se aprueban sin exámenes finales y sin la identificación por reconocimiento facial. La primera vez que se utilizó este sistema fue el 8 de enero de 2022, y de los 75.000 universitarios matriculados, menos de la mitad, 31.500 realizaron los exámenes finales con reconocimiento facial.
Consentimiento y alternativas
La APDCat inició un procedimiento sancionador en junio del pasado año y la universidad volvió a presentar alegaciones en julio y octubre. El procedimiento sancionador propuso una multa de 20.000 euros, en diciembre. Protección de Datos ha publicado la sanción una vez resuelto el recurso de reposición presentado por la universidad, que ahora recurrirá a la vía judicial contencioso-administrativa. Además de la sanción, la APDCat pide a la UOC que el sistema no sea obligatorio y que se informe y se ofrezca a los estudiantes una alternativa como por ejemplo la evaluación presencial o evaluación oral síncrona. Para los universitarios que acepten el reconocimiento facial, la APDCat exige que se les haga firmar un documento de consentimiento explícito.
La UOC dice que el sistema es legal y confidencial
La universidad defiende la legalidad de este sistema. "Este modelo equivale a enseñar al DNI en el entorno presencial", asegura la universidad. "No identificamos a una persona entre muchas", añade. Los datos, además, se eliminan a los tres meses que acaben las pruebas virtuales, que se realizan una vez por cada uno de los dos cuatrimestres de cada curso académico.La universidad asegura que trata los datos de forma confidencial, y que ha implantado "medidas técnicas y organizativas adecuadas para garantizar su seguridad y evitar la destrucción, pérdida, acceso o alteración ilícitas". Además, los datos no se ceden a terceros salvo que sea por obligación legal.
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