Discriminación salarial por sexo

Condenan a un municipio gallego por pagar menos a las limpiadoras que a los barrenderos

El Concello de Cangas alegaba que los segundos deben soportar las inclemencias del tiempo y el riesgo del tráfico

Un limpiador, ayer por la tarde, trabajando en la Casa do Concello de Cangas. / GONZALO NÚÑEZ / Epi_rc_es

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) acaba de asestar un duro varapalo judicial al Concello de Cangas, no tanto por el desembolso económico que supone para las arcas municipales como por el carácter simbólico de una sentencia que considera que la administración local canguesa incurre en una discriminación salarial en base al sexo al constatarse una brecha entre los sueldos que cobran los peones barrenderos de las vías públicas y las limpiadoras de los inmuebles municipales. El tribunal entiende que hay “existencia de indicios objetivos de discriminación indirecta por razón de sexo”, al estimar que se trata de trabajos de igual valor y no existen “razones objetivas acreditadas, por el Concello, que justifiquen la diferencia de retribución por diferente valor”.