Seguridad vial

Atento a la multa de la DGT si te pilla haciendo esto con tu pareja

Tráfico amplía las situaciones por las que sanciona y endurece las penalizaciones

Una pareja en un coche.  / Agefotostock

Desde que el pasado 21 de marzo entrara en vigor la nueva ley de Tráfico se ha agravado la penalización de las actuaciones que atentan contra la seguridad de otros conductores, peatones y de los ocupantes del propio vehículo, al tiempo que se ha ampliado la casuística de situaciones sancionadas al conllevar un descenso en la atención del conductor, por el riesgo que comporta. Y a los consabidos endurecimientos de sanciones de la Dirección General de Tráfico (DGT) por consumo de alcohol y drogas, adelantamientos a ciclistas e incumplimiento de los elementos de seguridad, como cascos, cinturones de seguridad y sillitas infantiles, se han sumado algunas situaciones novedosas que pueden resultar sorprendentes para la mayoría de conductores.

Una de ellas es la de mostrar una actitud demasiado hostil o cariñosa con el o la copiloto. Hasta 500 euros y 6 puntos de carnet puede acarrear el dar un beso a la pareja mientras se conduce, al considerarse conducción temeraria. Algo parecido a si algún agente sorprende al conductor discutiendo acaloradamente con su acompañante.

Mantener la visibilidad

Otros motivos que se consideran que pueden reducir la atención al volante y que desde marzo están sancionados, son comer o beber en la carretera (de 80 a 200 euros), fumar (hasta 500 euros y de cuatro a seis puntos de carnet), o lanzar objetos al asfalto (entre 200  y 6.000 euros, y de cuatro a seis puntos).

También puede acabar en problemas el, en principio, inocente gesto de colocar un cartel de venta del vehículo. El motivo, que el agente considere que puede entorpecer la visibilidad durante la marcha. La multa puede ser de hasta 200 euros por este concepto.