¿Tienes patinete eléctrico? Así te afecta la nueva normativa de la DGT

Desde este 2 de enero, los patinetes pueden circular como mucho a 25 km/h y no pueden ir por las aceras ni por las zonas peatonales

El 20% de las bicicletas y de los patinetes incumplen al menos una norma de tràfico. / Ferran Nadeu

¿Eres uno de los muchos usuarios de patinete eléctrico¿Tienes previsto comprarte uno? Pues te interesa saber que este 2 de enero ha entrado un vigor una nueva reforma legal del código de circulación, que regula por primera vez los patinetes y otros vehículos de movilidad urbana. Una normativa que supone, entre otras cosas, que la velocidad máxima a la que pueden circular los patinetes es de 25 km/h. Un dato a tener en cuenta si vas a adquirir uno próximamente. Repasamos a continuación cómo te afecta la nueva normativa de la Dirección General de Tráfico (DGT).

Velocidad máxima

Se regulan los vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos, como patinetes y 'segway', cuya velocidad máxima está comprendida entre 6 y 25 km/h.

Se excluyen los vehículos para personas con movilidad reducida como sillas de ruedas.

En una instrucción del 2019 que aclaraba conceptos y regulaba de forma provisional, Tráfico advertía de la "importancia de fijarse en las características técnicas del aparato, poniendo especial atención a la velocidad, que no puede superar los 25 km/h y a la potencia del mismo".

Poner en circulación vehículos de prestaciones superiores puede suponer una multa, añadía: "Si se ponen en circulación, aparatos que aparentemente ofrecen prestaciones superiores a un VMP y no cumplen los requisitos del Reglamento (UE) nº 168/2013, dichos vehículos no pueden circular por las vías objeto de regulación y a sus conductores se les denunciará  con una sanción de 500 euros y se procederá a la inmovilización y depósito del mismo. Dentro de este mismo grupo se incluyen los casos de VMP que hayan sido manipulados para alterar la velocidad o las características técnicas".

Áreas de circulación

No se puede circular con patinetes por las aceras y las zonas peatonales, ni por por vías interurbanas, travesías y autopistas y autovías que transcurran por poblaciones. Tampoco por túneles urbanos.

Normativa

Los patinetes tienen que cumplir las normas de circulación como el resto de vehículos, por lo que los conductores pueden ser sometidos a la prueba de alcoholemia y no se pueden usar auriculares. Tampoco pueden circular haciendo uso del teléfono móvil.

Una plaza

Hacer hincapié en la consideración "única plaza" de los patinetes, que significa precisamente eso, que son vehículos para una sola persona, no pueden ir dos personas. La circulación de dos personas en un mismo patinete es sancionable con 100 euros de multa (artículo 9.1.5.E del RGC).

Fechas

Estas nuevas normas han entrado en vigor el 2 de enero de 2021.

Certificado

Además, estos vehículos deberán contar con el correspondiente certificado de circulación que acredite que cumplen con los requisitos técnicos contemplados en el Manual, dos años después de que éste se publique.