El Juzgado de lo Social número 2 de Vigo ha declarado nulo el despido de una empleada que estaba siguiendo un tratamiento de fertilidad. Aunque a esa fecha aún no se había quedado embarazada, el magistrado ve probado que la empresa conocía que la mujer había iniciado "un largo camino" para conseguirlo, por lo que concluye que le extinción del contrato es una forma de "cercenar" el derecho a la maternidad de la demandante y, en definitiva, una discriminación por razón de sexo. Igual que el tribunal vigués, juzgados de otros puntos de España han dictado resoluciones con pronunciamientos similares en relación con esta casuística de trabajadoras que al momento del despido estaban con pruebas de fecundación in vitro. De hecho, el propio Tribunal Supremo ya dictaminó sobre esta cuestión.
En Vigo
Un juez declara nulo el despido de una trabajadora en tratamiento de fertilidad
El magistrado concluye que la decisión empresarial "cercena" el derecho a la maternidad y es una "discriminación por razón de sexo"
Sala de embriones de una clínica de fertilidad. /
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