Al fiscal jefe del Tribunal Constitucional (TC), Pedro Crespo, le desconcertó desde el pasado lunes 19, cuando los magistrados estaban por votar a favor de las medidas cautelarísimas, una circunstancia: si el recurso de amparo preventivo (novísima invención del magistrado Enrique Arnaldo) estaba dirigido contra la aprobación de las disposiciones finales en el Congreso, ¿cómo era posible a prohibir al Senado adoptarlas? Hacía falta, en todo caso, un nuevo recurso de amparo, este para el Senado. Pero como no era todavía de su competencia se dijo que habría alguna explicación para el intríngulis y que ya pensaría sobre ello. En aquel momento, no era parte del procedimiento. El 19 de diciembre, después del Pleno de prohibición, la Fiscalía del TC recibía, 10 minutos antes de medianoche un correo electrónico con la parte dispositiva de un auto que no estaba redactado todavía donde se le daba 10 días de plazo a la Fiscalía y demás partes personadas para emitir su opinión sobre la suspensión de las enmiendas. A todo esto, no había auto con sus razonamientos jurídicos. Ya se vería al recibir la resolución que decir.
Análisis
El cañonazo del fiscal jefe Crespo a la linea de flotación del golpe, por Ernesto Ekaizer
La Fiscalía del Constitucional apoya la recusación solicitada por el recurso del Senado. La situación abre incertidumbres legales
Pedro Crespo, fiscal del Tribunal Constitucional.
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