Propuesta legislativa

La fiscalía critica los límites existentes para perseguir la financiación ilegal de los partidos

  • Considera que la legislación actual solo persigue las irregularidades relativas a las donaciones

  • Ve las penas previstas "inusualmente indulgentes" y equiparables a las previstas para meras irregularidades

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, durante la toma de posesión de su cargo.  / David Castro

La fiscalía considera que la forma en que se ha articulado la persecución de las modalidades más graves de financiación irregular de partidos políticos, a través del artículo 304 bis del Código Penal, no castiga todas sus fórmulas, porque "únicamente" se centra en "las donaciones y aportaciones que vulneran el artículo 5.1 de la ley orgánica de financiación de partidos políticos (LOFPP)". Además, critica que las penas previstas "resultan inusualmente indulgentes", al ser equiparables a las sanciones previstas para las meras irregularidades.