BLOQUEO EN LA JUDICATURA

El 'turno autonómico': así eligen las comunidades a los jueces de sus tribunales

Las comunidades pueden proponer algunos candidatos para los tribunales superiores, pero el CGPJ tiene la última palabra

La Comunidad de Madrid impulsa una reforma legal para eliminar la escasa capacidad de decisión autonómica

Fachada de la sede del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Si el Poder Judicial es uno de los tres poderes sobre los que descansa el Estado, también es el único que no tiene réplica en los territorios autonómicos. Las comunidades tienen su propio poder legislativo, los parlamentos; su propio poder ejecutivo, los gobiernos; pero el Poder Judicial, que es exclusivo, extiende sus ramas en los territorios a través de los Tribunales Superiores de Justicia. Es por ello que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), órgano de gobierno de los jueces, es el que decide qué magistrados ocupan sus asientos, y el grado de incidencia de las autonomías a la hora de seleccionar a los jueces se reduce a la posibilidad de proponer a algunos candidatos.