LA ENCRUCIJADA CATALANA

La Audiencia de Barcelona ordena identificar e imputar al jefe de la Policía Nacional por el cerco a la sede de la CUP

Reabre el caso y cita como testigos a dos agentes del cuerpo policial que inacautaron material

El tribunal recrimina que se archivó el asunto en base a un informe del mismo cuerpo policial

Registros en la sede de la CUP / JOAN PUIG PASQUAL

La Audiencia de Barcelona ha ordenado reabrir la causa por el cerco policial a la CUP el 20 de septiembre del 2017 después de que el Juzgado de Instrucción número 9 de la capital catalana archivase la denuncia interpuesta por los anticapitalistas.

Las magistradas han acordado la identificación del responsable de la Brigada Provincial y jefe del operativo de la Policía Nacional para ser investigado, y al que se le tomará declaración como tal, y han ordenado que se tome declaración como testigos a dos agentes que incautaron material fuera de la sede, en coches estacionados frente al edificio, "y a quienes se les denegó la entrada dentro de la misma por ausencia de autorización judicial". Recuerdan que "para entrar y registrar la sede de un partido político, se precisa autorización judicial o el consentimiento voluntario de algún representante legal de dicho partido", algo que no ocurrió.  

El juzgado argumentó para archivar la causa que la Policía Nacional "se limitó" a intervenir material propagandístico del referéndun unilateral del 1-O en cumplimiento de la instrucción de la fiscalía, sin que la duración de la intervención policial se pudiera entender como delito, aunque el operativo de registro no tenía orden judicial. Algo que discute los anticapitalista, que en su recurso, ahora admitido, expone que hay motivos para entender que en el comportamiento de la Policía hay una "extralimitación de la instrucción" de la fiscalía, ya que, en vez de recabar ese mandamiento judicial para la entrada y registro de la sede de la CUP, los policías acordonaron la zona entre las 14:00 h y las 20:00 horas. 

Intimidación e intención dolosa

La Audiencia sostiene que el despliegue de antidisturbios a la orden del jefe policial de la operación de Brigada Provincial de Extranjería a fin de que se les permitiera la entrada en su sede,  "supone la utilización de la vis compulsiva o intimidación", puesto que durante siete horas impidieron la salida y entrada de militantes de la CUP, concurriendo igualmente una "intención dolosa consistente en el deseo de restringir la libertad ajena", según el auto. Los hechos, a su entender, podrían ser constitutivos de un delito de coacciones graves.

En el auto de archivo inicial,  la jueza admitía que la Policía Nacional "había desarrollado tareas de vigilancia de la sede desde las 8 horas de la mañana", mucho antes de irrumpir frente número 180 de la calle Casp. La magistrada aseguraba que la Brigada Provincial de Información realizó las pesquisas de acuerdo con las "actividades colectivas e individuales relacionadas con el apoyo a la preparación y celebración del referéndum", motivo por el que argumenta la incautación de materiales, entre otros, unos 5.974 carteles. Para dar carpetazo al caso solo tuvo en cuenta un informe remitido al juzgado por la Policía Nacional y no está "fundamentado de forma suficiente", según recrimina ahora la Audiencia.

La CUP pide recuperar ese "espíritu"

La diputada de la CUP, Natàlia Sánchez, ha celebrado la reapertura del caso y ha afirmado que "vale la pena y es imprescindible recuperar ese espíritu". En declaraciones en los pasillos del Parlament, ha considerado que el archivo que en su día se hizo de esta causa fue "inaceptable e inadmisible" ya que no se quiso "investigar una obviedad que vio todo el mundo, que intentaron entrar a la sede de un partido y coaccionar su actividad".