EL DEBATE SOBERANISTA

El TSJC considera que Forcadell y otros tres parlamentarios pudieron cometer desobediencia

El alto tribunal rechaza los recursos presentados por las defensas contra la admisión de la querella presentada por la fiscalía

Los jueces sostienen que el acuerdo sobre el referéndum unilateral "parece tener contenido decisorio" y no es un mero trámite

De izquierda a derecha, Ramona Barrufet, Lluís Corominas, Carme Forcadell, Anna Simó y Joan Josep Nuet, el pasado 2 de febrero. / TONI ALBIR

El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha rechazado los recursos de la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y de los otros tres miembros de Junts pel Sí en la Mesa de la Cámara, Lluís Maria Corominas, Anna Simó y Ramona Barrufet, contra la admisión a trámite de la querella presentada por la fiscalía contra ellos en febrero. El ministerio público les atribuye los delitos de desobediencia y prevaricación por permitir que se tramitara la propuesta de resolución de Junts pel Sí y la CUP que abogaba por convocar un referéndum unilateral y que fue aprobada con los votos de estos dos grupos el pasado 6 de octubre. La querella respondía a la decisión del Tribunal Constitucional (TC) de anular la hoja de ruta de la desconexión impulsada por los partidos independentistas.

Los recurrentes cuestionan la existencia de los delitos de desobediencia y prevaricación, pues consideran que los actos que se reflejan en la querella son de una "inequívoca naturaleza parlamentaria" y se ajustaron a “un procedimiento obligatorio”, el que regula el debate sobre la orientación política del Govern y que atribuye a la Mesa del Parlament solo “un control de congruencia” de las propuestas, sin posibilidad de hacer uso de “ningún otro filtro sobre su contenido”.

El TSJC, sin embargo, señala que la descripción efectuada por el fiscal en la querella y los documentos que la acompaña permiten apreciar que los hechos sí parecen ser constitutivos de delito. Y agrega que las resoluciones atribuidas a cuatro parlamentarios "parecen tener contenido decisorio, que excedería del que es propio de los simples actos de trámite”.

MÁS ALLÁ DE LA VOLUNTAD POLÍTICA

El auto del alto tribunal destaca, además, que esas resoluciones, pese a su fundamentación formal o aparente, es posible tildarlas --indiciariamente-- de arbitrarias, si, como afirma el fiscal, en su querella llegara a apreciarse que fueron adoptadas con plena consciencia de su ilegalidad. A la vez sostiene que los querellados “debieron conocer y valorar el contenido de las propuestas admitidas a trámite” y más cuando fue sometido a su reconsideración. También argumenta que el resultado, “más allá de expresar una determinada voluntad política, por su alcance y transcendencia, no puede calificarse de inocuo desde el punto de vista jurídico”.

Los jueces tampoco aprecian que los que los hechos denunciados, cuya comisión se ha atribuido indiciariamente por el fiscal a los querellados, se hallen amparados por la prerrogativa de la inviolabilidad parlamentaria. El TSJC, además, confirma la acumulación de esta querella a otro proceso abierto contra Forcadell.

La propia presidenta de la Cámara catalana ha reaccionado a la decisión del TSJC a través de Twitter, donde ha expresado su compromiso con seguir "hablando de todo lo que preocupa a la fiscalía" a pesar de las "querellas ideológicas de la fiscalía".

Nuet no fue incluido

El diputado de Catalunya Sí que es Pot y secretario tercero de la Mesa, Joan Josep Nuet, no fue incluido en la querella de la fiscalía pese a que también votó a favor de que se tramitara la propuesta de resolución. Este precisamente es uno de los argumentos esgrimidos en los recursos. Los querellados acusan a la fiscalía de una pretendida selección y “agravio discriminatorio”. El fiscal defiende que habían dudas sobre la actuación de Nuet y niega razones de estrategia política. El TSJC argumenta que el fiscal tiene "autonomía" a la hora de decidir a quién incluye o no en una querella y, por lo tanto, desestima este argumento.