El proyecto de Gallardón acababa con la consideración del aborto como un derecho y solo lo autorizaba en dos supuestos: cuando la gestación fuera consecuencia de una violación o si la salud de la embarazada estaba en peligro por esta circunstancia. Esto debía quedar médicamente acreditado. En caso de detectarse una malformación fetal grave, la interrupción del embarazo solo se autorizaría cuando uno o dos médicos -estaba por determinar- certificaran que el hecho de gestar un feto enfermo suponía un quebranto claro y perdurable en la salud de la mujer. No lo permitiría si una gestante que se mostrara sana intentara abortar un feto con malformaciones. Este aspecto llegó a sublevar a un significativo sector del partido del Gobierno. Los especialistas en obstetricia aportaron abrumadora cantidad de documentación sobre las graves consecuencias que tendría este aspecto de la ley.
EL PROYECTO DE GALLARDÓN SUPRIMIDO
Restricción máxima de las opciones de abortar
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