El papel de Felipe VI Opinión Basado en interpretaciones y juicios del autor sobre hechos, datos y eventos

El Rey y la investidura

No hay en la Constitución nada que obligue al Rey a proponer al candidato más votado, ni tampoco al que exhiba más apoyos parlamentarios

El Rey a su llegada a la 38 Reunió Cercle d’Economia

Para entender el papel del rey en la investidura, hay que partir de lo que dispone el artículo 99.1 de la Constitución (CE). En síntesis, tras la constitución de las Cortes surgidas de las elecciones generales, el monarca consulta a “los representantes de los grupos políticos con representación parlamentaria”. A continuación “y a través del presidente del Congreso, propondrá un candidato a la presidencia del Gobierno”. No hay en la Constitución nada que obligue al rey a proponer al candidato más votado, ni tampoco al que exhiba más apoyos parlamentarios. Ahora bien, eso no significa que pueda guiarse por sus preferencias políticas personales. El artículo 56.1 CE dice que el Rey “arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones”, y de ahí nace para el jefe del Estado una obligación genérica, que no es otra que la de hacer posible que las instituciones funcionen con normalidad.