Más allá de todo el ruido mediático que ha acompañado y acompañará durante un tiempo variable a este caso, lo cierto es que nadie esperaba otra respuesta del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) que no fuera una condena. Se acusaba a Laura Borràs de haber inspirado la división de una cantidad de dinero en diversos contratos a cambio de una prestación de servicios de una persona entonces afín a ella, con el objeto de poder facturar la cantidad deseada sin las restricciones presupuestarias que impone la normativa administrativa. El tribunal califica esa actuación incuestionablemente irregular como delito de prevaricación administrativa, entendiendo que esos contratos, junto con los presupuestos presentados, eran ficticios, no en el sentido de que no se correspondieran con el servicio prestado, sino que habían sido hechos solo para eludir el límite presupuestario antes citado. Por el delito de falsedad documental, Laura Borràs es condenada a cuatro años y seis meses de prisión y cuatro de inhabilitación. Por el delito de prevaricación administrativa se la condena a nueve años adicionales de inhabilitación.
Análisis Opinión Basado en interpretaciones y juicios del autor sobre hechos, datos y eventos
Laura Borràs: una condena esperable
Los magistrados son sensibles al hecho de que no es justo que quien recibió el dinero no vaya a la prisión y en cambio sí lo haga quien solo favoreció esa percepción económica
Borràs declara ante el TSJC: responsabiliza de los contratos a los funcionarios que la incriminaron y revela que Herrero sufría una drogodependencia.
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