Tenemos pendiente la renovación del Tribunal Constitucional, y su bloqueo parece derivar del artículo 159.3 de la Constitución. Allí se establece que los miembros del Tribunal Constitucional “serán designados por un período de nueve años y se renovarán por terceras partes cada tres”. El tercio que hay que renovar es el que debe estar compuesto por dos magistrados propuestos por el Gobierno y otros dos por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Como se sabe, el CGPJ será habilitado para proponer sus dos candidatos cuando culmine la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial actualmente en curso. Así se corregirá una reforma anterior, de dudosa constitucionalidad, que privaba la CGPJ de esa facultad que le otorga directamente la Constitución.
Artículo de Xavier Arbós Opinión Basado en interpretaciones y juicios del autor sobre hechos, datos y eventos
El Gobierno y la renovación del Tribunal Constitucional
El Ejecutivo de Pedro Sánchez parece haber optado por acompasar su propuesta de magistrados para el Constitucional a la que surja del CGPJ, y eso podría ocurrir en septiembre
Sede del Tribunal Constitucional. /
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