¿Puede el derecho a la objeción de conciencia desterrar el derecho al aborto de la sanidad pública? Poder, puede, porque está sucediendo. El Defensor del Pueblo ha advertido de que “en la red sanitaria pública madrileña no se realizan interrupciones voluntarias del embarazo, ni siquiera por causas médicas, siendo todas derivadas a centros acreditativos”. La ley establece: “Si excepcionalmente el servicio público de salud no pudiera facilitar en tiempo la prestación, las autoridades sanitarias reconocerán a la mujer embarazada el derecho a acudir a cualquier centro acreditado”. Excepcionalmente, dice. Una excepción que se extiende al 100% en la Comunidad de Madrid, Extremadura y Murcia. El 99,9% en Castilla-La Mancha y el 82,5% en Castilla y León. En algunas comunidades autónomas objetan hospitales enteros.
Pros y contras | Artículo de Emma Riverola Opinión Basado en interpretaciones y juicios del autor sobre hechos, datos y eventos
Aborto público
Manifestación con motivo del Día Internacional por la Despenalización del Aborto. /
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