Uno de los aspectos en los que se manifiesta la separación de poderes propia de los Estados democráticos es el principio de la autonomía parlamentaria. Se trata de un mecanismo clásico presente en nuestra historia constitucional y muy habitual en perspectiva comparada que tiene por objetivo proteger al Parlamento de eventuales intromisiones de otros poderes del Estado, muy particularmente del poder Ejecutivo. Esta autonomía se concreta en la capacidad de la cámara para aprobar sus propias normas de funcionamiento y de gobierno, para decidir su presupuesto, para establecer su organización interna y para diseñar todo lo relativo a su personal, además de responsabilizarse de la seguridad en sus sedes, todo ello con el objetivo de garantizar el ejercicio de las funciones parlamentarias. Así pues la autonomía del parlamento es de carácter normativo o reglamentario, presupuestario, administrativo y de personal y así lo reconocen tanto la Constitución como el Estatuto de Autonomía.
Separación de poderes Opinión Basado en interpretaciones y juicios del autor sobre hechos, datos y eventos
Abuso de la autonomía parlamentaria
Es poco honorable que el Parlament permitiera a sus trabajadores unos privilegios de los que no goza ningún empleado público, además de un flagrante mal uso de los recursos financieros
Hemiciclo del Parlament de Catalunya. /
Temas
Lo más visto
- Primera sentencia de un TSJ que aplica la doctrina europea y obliga a hacer fijo a un interino en fraude
- Jorge Rey lanza las cabañuelas de primavera-verano: "Está muy cerca"
- Puigdemont anuncia la muerte de su madre: "La mano de mi hija ha sido también la mía"
- Zona comercial y 750 viviendas: el futuro Hospital Comarcal del Vallès 'creará' un nuevo barrio en la comarca
- El aviso de Hacienda a las empleadas del hogar: cambio desde este mes de abril