El Tribunal Constitucional ya se ha pronunciado sobre el primer estado de alarma, pero solamente tenemos la nota de prensa. No es poca cosa, porque nos adelanta el fallo. Nos falta, sin embargo, el texto completo de la sentencia, con los razonamientos jurídicos que justifican la resolución. Y también nos faltan los votos particulares, que se deben estar terminando de redactar a la vista del texto final de la sentencia, y que se publicarán con ella.
Un fallo crucial Opinión Basado en interpretaciones y juicios del autor sobre hechos, datos y eventos
El Tribunal Constitucional y el estado de alarma
Es esencial saber si el fallo responde a la consideración de que el estado de alarma produjo la suspensión de la libertad de circulación que recoge la Constitución en su artículo 19
Celebración del fin del estado de alarma en el paseo Lluís Companys, de Barcelona.
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