Podemos repasar los Principios de Yogyakarta (elaborados en 2006, a petición de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos): “La orientación sexual o identidad de género que cada persona defina para sí es esencial para su personalidad y constituye uno de los aspectos fundamentales de la autodeterminación, la dignidad y la libertad. Ninguna persona será obligada a someterse a procedimientos médicos, incluyendo esterilización, cirugía de reasignación de sexo y terapia hormonal como requisito para el reconocimiento legal”. Podemos recurrir a la resolución del Consejo Europeo (2015), que insta a “desarrollar procedimientos rápidos, transparentes y accesibles, basados en la autodeterminación, para cambiar tanto el nombre como el sexo registral de las personas trans”. También podemos mirar al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, a los ocho países europeos, las diez comunidades autónomas o, incluso, el documento elaborado por el PSOE en 2017 que contemplan la autodeterminación. Pero ha habido y habrá tiempo para los argumentos.
Pros y contras
Día de celebración
Al fin, la ley trans es ley. Unas gotas de bálsamo para el sufrimiento de una minoría vergonzosamente (re)estigmatizada
La portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, junto a los titulares de Justicia e Igualdad, Juan Carlos Campo e Irene Montero, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros de este 29 de junio, en el que el Ejecutivo aprobó la nueva LGTBI que amplía los derechos de las personas trans. /
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