Es del Tribunal de Apelaciones de Quebec, y no es una sentencia cualquiera. La dictó el más alto tribunal de la provincia de Quebec el pasado 9 de abril, sobre la constitucionalidad de la Ley sobre el ejercicio de los derechos fundamentales y de prerrogativas del pueblo quebequés, también conocida como Ley 99. Esa ley, del año 2000, fue la respuesta a la ley federal conocida como Ley de la claridad, que daba al Parlamento federal la facultad de decidir si, tras un hipotético referéndum de autodeterminación, la mayoría favorable a la secesión era suficientemente “clara”. Los legisladores quebequeses rechazaron de plano la norma federal, y, en los primeros artículos de la ley, manifestaban el derecho del pueblo de Quebec a disponer de sí mismo y a elegir el régimen político de su preferencia (artículos 1 a 3). También afirmaban que cuando el pueblo quebequés es consultado en un referéndum, “la opción ganadora es la que obtiene la mayoría de los declarados válidos; es decir, el 50% de esos votos más uno” (art. 4). La sentencia ofrece en los antecedentes una excelente síntesis del contexto político de esa norma.
Realidades paralelas
Una sentencia sobre la soberanía de Quebec
El más alto tribunal de la provincia canadiense emitió recientemente un fallo que es digno de reflexión en el contexto catalán
La calle de Petit-Champlain, en Québec, en una foto de archivo. /
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