Cuando se comete un delito, tipificado en el Código Penal (o cuando el tribunal considera que se ha cometido), la legislación prevé que el reo ingrese en prisión para pagar el mal que ha hecho. La privación de libertad es el pago directo, con el propio cuerpo, de quien ha cometido el delito. Después, el sistema penitenciario prevé no la simple reacción institucional, admitida y requerida por la sociedad, sino también la superación de las causas que provocaron la criminalidad: personales, sociales, económicas, psicológicas. Rehabilitar a un prisionero es procurar que se inserte de nuevo en el tejido social y evitar, al mismo tiempo, crímenes futuros, sin exigir garantías a sus creencias. Todo esto es correcto y se entiende, desde que las cárceles dejaron de ser airados mecanismos de humillación, en la perspectiva de los delitos comunes.
Pros y contras
Jueces y lobotomía
Cada vez que un tribunal tumba regímenes de libertad de presos independentistas habla de conceptos como "progresión", "interiorización", "reorientación", y eso tiene un nombre
Salida del centro penitenciario de Lledoners de los presos del ’procés’. /
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