Si el 'president' Quim Torra es inhabilitado, ya sabemos que el presidente del Parlament va a tener un gran protagonismo. Según el Estatut y la ley de la Presidencia de la Generalitat y del Govern, del 2008 (LPGG), primero tendría que abrir una ronda de consultas con los líderes de los grupos con representación parlamentaria. Si se diera el caso de que Roger Torrent no presentara ningún candidato, se actuaría según lo que previeron en el 2018 los letrados del Parlament. Como recordaremos, ante la inviabilidad de la candidatura de Carles Puigdemont, hubo que anticipar lo que podría ocurrir si no se presentaba ningún candidato. Lo que la LPGG prevé (artículo 4.5) es el supuesto de que fracase una candidatura efectivamente presentada, y dispone que el presidente del Parlament debe formular propuestas sucesivas. Sin embargo, no contempla la posibilidad de que no se presente ninguna.
ANÁLISIS
'President' sustituto y Govern en funciones
Con Torra inhabilitado, Aragonès solo podrá despachar asuntos de trámite y, en caso de necesidad, dictar decretos ley
Quim Torra y Pere Aragonès en una imagen de archivo de un Consell Executiu. La silla del ’expresident’ quedará vacía todo lo que resta de legislatura. /
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