La propagación de la pandemia y la respuesta legal dada en Europa responde al denominado derecho de excepción, a no confundir con el estado de excepción. Se trata de medidas de emergencia que la Constitución o las leyes prevén para afrontar situaciones imprevistas provocadas por causas diversas: desastres naturales, crisis sanitarias; graves problemas de orden público que impidan el ejercicio de los derechos y libertades y el normal funcionamiento de las instituciones representativas o, incluso, a un nivel de gravedad superior, crisis de carácter político de especial trascendencia para la seguridad del Estado.
La aplicación del estado de alarma
La pandemia, la ley y los liberales
Al margen de los aspavientos de algunos liberales de ocasión, las restricciones de derechos adoptadas en España no ha sido una excepción respecto a otros países europeos
Control de los Mossos d’Esquadra en la entrada de Soses, uno de los pueblos afectados por el confinamiento en el Segrià, este martes. /
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