Una obligación informativa que incumple la norma europea

El exministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, hace el traspaso de poderes a María Jesús Montero. / PAUL HANNA

La situación presupuestaria límite del 2012, llevó al Gobierno a inventarse una amnistía fiscal basada en declarar el dinero efectivo y la titularidad de cuentas, valores e inmuebles en el extranjero que no hubieran pagado impuestos.

La recaudación esperada no llegaba, de modo que el Ministerio de Hacienda intentó animar -es un decir- a los contribuyentes a acogerse a la amnistía imponiendo a todo aquél que no acudiera un inquietante régimen informativo, con unas sanciones espeluznantes. La técnica del palo y la zanahoria, en palabras -muy descriptivas- del ministro.

Pero es que ese régimen informativo tan gravoso, no se configuró solo para casos de evasión fiscal, sino para todo aquél que tuviera bienes en el extranjero, de modo que afecta también a inmigrantes y ciudadanos de buena fe que desconocían sus consecuencias.

Ante esta situación, la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF) denunció este régimen informativo fiscal ante la Comisión Europea que, tras una primera fase de investigación, dio comienzo a un procedimiento de infracción frente al Reino de España.

El resultado, conocido ahora gracias a un procedimiento judicial en curso en el que el Ministerio ha defendido insistentemente la ocultación de esa información, fue un dictamen motivado demoledor y vergonzante como ciudadano.

Según Bruselas, la normativa española incumple nada más y nada menos que cinco libertades comunitarias, una de ellas -la libre circulación de capitales- de gran importancia porque también ampara a países extracomunitarios. Todo un récord de quebrantamientos, difícilmente superable en una única ley.

La Comisión entiende que alguna de las medidas que implantó el conocido formulario informativo de bienes en el extranjero -modelo 720- resultan manifiestamente desproporcionadas. Otras son contrarias a un principio básico en todo estado de Derecho, la seguridad jurídica. Como colofón, también se deja en evidencia que la normativa pone en igual situación a una persona que olvida o deja de presentar un formulario fiscal que a un genocida o un terrorista, y en una posición mucho peor que un parricida o un violador.

Las palabras del organismo europeo no comportan consecuencia inmediata alguna, pues carece de fuerza ejecutiva y no está en su mano cambiar las leyes españolas, cosa que debió hacer el Gobierno en febrero de 2017, al recibir el dictamen.

Sin embargo, ni el anterior ni el actual gabinete han tenido intención de reformar ese régimen informativo, con lo que en los próximos meses la Comisión Europea se verá abocada a presentar una demanda ante el Tribunal de Luxemburgo.

Mientras tanto, este infausto régimen informativo sigue en vigor, siendo muchos los ciudadanos que esperan ansiosamente su derogación para que les sean devueltas cantidades millonarias que se han visto obligados a ingresar -incluso mayores que el dinero que tenían en el exterior- o para evitar la amenaza psicológica de que les multen.

De esta manera, roto el palo ministerial, podremos comer el plato europeo que nos apetezca y no una miserable zanahoria