El relato independentista

'Nego maiorem'

Niego la premisa mayor de Torra: no existe un 'mandato democrático' de las urnas que avale el proceso independentista

Quim Torra, en un acto conmemorativo del 1-O en Barcelona. / Josep Molina (ACN)

En Catalunya la Assemblea Nacional no es el Parlament. El Parlament es una cámara de resonancia de discursos que se hacen extramuros del hemiciclo. El atrezo del debate de política general lo había puesto el lunes el 'president' Quim Torra en Sant Julià de Ramis: "Mi agradecimiento es a todos vosotros: a los 'trabucaires', a los 'castellers', a los 'dansaires'; a vosotros, amigos de los CDR, que apretáis y hacéis bien en apretarapretáis y hacéis bien en apretar". También fijó el relato: "El 1 de octubre fue la semilla constituyente de la república catalana".

Trampas en el relato independentista

'Nego maiorem' (niego la mayor). No existe un 'mandato democrático' de las urnas que avale el proceso independentista. Ni en la consulta del 9-N del 2015 ni en el referéndum unilateral del 1-0 del 2017 se registró el aval de la mayoría de los ciudadanos (el 1-0, según los resultados de la propia Generalitat, la participación fue del 43% y el sí representó el 38% del censo electoral).

Niego la mayor. No existió una mayoría por la independencia en las elecciones 'plebiscitarias' del 27-S del 2015 ni en las del 21-D del 2017. En un plebiscito, la victoria se obtiene contando votos y no escaños, es decir, si se supera la mitad más uno de votantes. No fue el caso. Las fuerzas independentistas lograron la mayoría absoluta de escaños. El resultado les legitima para gobernar, pero no avala su hoja de ruta.

Niego la mayor. Ni los ejemplos del referéndum de Escocia (2014) y los dos referéndums de Quebec (1980 y 1995) son válidos. Los escoceses pudieron votar en virtud del acuerdo de Edimburgo, de 15 de octubre del 2012, por el que se transfería temporalmente al Parlamento escocés la facultad de convocar la consulta. En Quebec, donde rige la ley de la claridad, no se ha convocado referéndum alguno desde su aprobación en el 2000. Porque cuando se habla de vía quebequense, se olvida que la ley se dictó para exigir una pregunta y una mayoría claras. En Canadá, como explica Stéphane Dion, el Tribunal Supremo (20 de agosto de 1998) admitió la secesión como posibilidad, no como derecho: "No se puede realizar la secesión unilateralmente sin un acuerdo negociado con el Estado. Ni el derecho internacional ni el canadiense le otorgan este derecho". La vía unilateral no existe, ni en Escocia ni en Quebec.

Niego la mayor. Los políticos encausados no lo están por haber puesto las urnas. Hicieron algo más. Impulsaron dos leyes (6 y 7 de septiembre del 2017) que vulneraban el Estatut. Una ley de referéndum de autodeterminación, que regulaba el régimen electoral, y que no contó con la mayoría de dos tercios que exige el Estatut para este cometido, y una ley de transitoriedad jurídica, que tampoco tuvo la misma mayoría cualificada que prevé el Estatut para su reforma. Es decir, ni el 1-0 ni la declaración de independencia, del 27 de octubre, se ajustaban a la legalidad catalana. Se puede condenar el uso y abuso de la fuerza, se puede cuestionar el uso y abuso de la prisión preventiva, pero no se puede negar que se vulneraron las reglas del juego.

Niego la mayor: ni mandato democrático, ni Escocia ni Quebec. "Mucha retórica", como dice la 'exconsellera' Clara PonsatíClara Ponsatí.