Opinión | Editorial
Veredicto polémico
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La exculpación de Lluís Corominas, yerno de los joyeros Tous, que dio muerte a un hombre del que sospechó que pretendía asaltar la vivienda de la familia, ha abierto una vez más el debate sobre la solvencia del jurado popular en determinados procedimientos penales. Mientras la opinión pública, en general, se mantiene al margen de la discusión, la división entre los especialistas es una constante. Una situación que en el caso de Corominas se concreta en algunas preguntas fundamentales, por no decir inquietantes. ¿Por qué pesó más en el ánimo del jurado el móvil del miedo insuperable del acusado que las contradicciones en que este incurrió? ¿Hasta qué punto influyó más el poder de persuasión de la defensa que la capacidad de convicción de las acusaciones? ¿En qué medida fue determinante la condición de extranjero del presunto asaltante para decantar el veredicto?
La instauración en su día del jurado obedeció al deseo de vincular a los ciudadanos con el funcionamiento de la justicia. Las insuficiencias detectadas en una justicia aplicada solo por profesionales, la influencia en la opinión pública de otras tradiciones judiciales conocidas a través de los medios audiovisuales y consideraciones sociológicas de muy diversa índole dieron como resultado la instauración del jurado. Básicamente, siguen vigentes las razones que la aconsejaron.
Cosa distinta es que quizá convenga perfeccionar la ley para que los elementos emocionales de la vista oral, que tan bien manejan los letrados con más tablas, puedan corregirse sin condicionar la independencia de los jurados. Esta es la pretensión última del jurado escabinado y del mixto -en ambas modalidades intervienen jueces de carrera y legos-, que algunos consideran una evolución técnicamente más consistente del jurado puro de tradición anglosajona y otros, en cambio, un recorte de las atribuciones reservadas al jurado popular.
Reflexionar sobre todo ello después de un veredicto que suscita controversia, ni pone en entredicho la labor del jurado ni supone dar pie a un juicio paralelo al ya celebrado. Significa, eso sí, que un mecanismo de la justicia pensado para que esta sea más justa y más próxima a los ciudadanos debe estar siempre en disposición de ser revisado con el irrenunciable objetivo de que la labor de los tribunales sea lo menos polémica posible. Y, en elcaso Tous, no hay duda de que el veredicto se ha visto acompañado de la polémica.
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