En las tarifas por usar canciones

Multa a la SGAE de 6,38 millones de euros por abuso de posición dominante

 Según la sentencia, "la gran mayoría de usuarios se han visto empujados a pagar a la SGAE precios desligados de la utilización real que hacen de su repertorio, tanto en lo que se refiere al número de obras como a la intensidad de su uso (abuso explotativo)".

Una imagen de la sede de la SGAE.

EFE

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha hecho pública este miércoles una resolución por la que multa con 6.387.819 euros a la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) por dos infracciones de abuso de posición dominante en las tarifas por el uso de sus obras musicales y audiovisuales.

Tanto para los derechos de obras musicales como para algunos de obras audiovisuales, la SGAE diseñó y aplicó unas "tarifas por uso efectivo" tan elevadas, en comparación con las "tarifas por disponibilidad promediada" (planas), "que no suponían, en términos generales, una verdadera alternativa a estas últimas, ni para las emisoras de radio ni para las de televisión", señala la CNMC.

Ese sistema tiene como consecuencia que "la gran mayoría de usuarios se han visto empujados a pagar a la SGAE precios desligados de la utilización real que hacen de su repertorio, tanto en lo que se refiere al número de obras como a la intensidad de su uso (abuso explotativo)".

Y también que "la aplicación prevalente de tarifas planas dificulta la entrada y expansión de competidores", lo que refuerza la posición de dominio de la SGAE.

Por ello, la CNMC ha considerado que la SGAE es responsable de dos infracciones de abuso de posición de dominio.

La primera en la concesión de autorizaciones de uso de sus obras musicales para radio y televisión - desde al menos el 1 de enero de 2016 hasta el cierre de la fase de instrucción del expediente- por la que le impone una sanción de 3.954.364 euros.

Y la segunda por abuso de posición de dominio por el diseño y aplicación de las tarifas por disponibilidad en el mercado de la gestión de derechos obras audiovisuales, entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de diciembre de 2017, por lo que le impone una sanción de 2.433.455 euros.

La investigación de la CNMC se inició tras las denuncias presentadas por las entidades Derechos de Autor de Medios Audiovisuales, Entidad de Gestión (Dama) y Unison Rights, S.L. (Unison).

La SGAE ha considerado, en un texto remitido a EFE, que las conclusiones "son claramente erróneas" y ha mostrado su discrepancia por el contenido de la decisión ya que la CNMC "ya había validado en expedientes anteriores las tarifas a las que se refiere esta nueva resolución", por lo que va a interponer un recurso ante la Audiencia Nacional.

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Mientras que Unison ha resaltado en un comunicado que la resolución de la CNMC "confirma que SGAE viene abusando su posición de dominio de forma ininterrumpida desde el año 2016, lo que supone la imposición y mantenimiento de graves barreras de entrada a los nuevos operadores". 

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