Desde el 9 de mayo, las restricciones en teatros, cines, auditorios, salas de concierto y circos, con programación artística estable son las siguientes:
Horario de 6 a 23 horas.
Aforo al 50% con un número máximo de 500 personas por sala y sesión o actuación.
Los asistentes tienen que estar sentados.
Se tiene que garantizar una buena ventilación.
Aforo al 50% y máximo de 1.000 personas en actividades al aire libre.
Respecto a los servicios de bar y restauración, en las salas de concierto o cafés teatro no se permite servicio de bar. En los restaurantes musicales se les aplica lo establecido en relación con las actividades de hostelería y restauración.
Los titulares de las actividades tienen que presentar una declaración responsable en el departamento competente en materia de cultura y en el ayuntamiento del municipio donde se ubique el espacio de la actividad, en el que se informará de las características de los sistemas de ventilación y calidad del aire y de los controles de acceso y movilidad.
La desescalada en Catalunya, por sectores
-Bares y restaurantes
-Gimnasios y piscinas
-Centros comerciales y tiendas
-Cines, teatros y salas de conciertos
-Institutos, universidades y extraescolares
-Deporte escolar y amateur
-Confinamiento y toque de queda