El drama de la okupación es noticia casi a diario en todos los medios informativos.
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Si un propietario acredita un título de propiedad o un contrato de alquiler en vigor, y además pueden prestar testimonio de ello la administración de la finca, el registro de la propiedad, el arrendador, etcétera, ¿qué problema hay para que se desaloje de inmediato su vivienda de intrusos, cambie la cerradura (es su casa, ¡debería poder hacerlo sin ningún problema!) y se le restituya de inmediato y sin excusas su posesión y uso?
¿Acaso no se procede a expulsar por todos los medios necesarios y sin demora la irrupción de una banda, por ejemplo, en una dependencia municipal o estatal, una joyería o cualquier local de negocio, tanto si es de día como de noche?
Es muy manido lo de las 48 primeras horas. Que un okupante no pueda demostrar su derecho de propiedad o de inquilinato, porque no lo tiene, y permanezca en su burla al legítimo poseedor y en su sarcasmo a la justicia, es una barbaridad. Un disparate más de los muchos esperpentos que caracterizan a nuestra sociedad.
Rogaría a quien corresponda una respuesta lógica.