Parece ser que con ser jubilado y haber cumplido en la época laboral con tu obligación respecto al IRPF no hay bastante, ya que te penalizan si tu pensión sobrepasa la cantidad establecida por las cabezas pensantes correspondientes. Lo consideran "rendimiento del trabajo". Lógicamente, dicho impuesto se convierte en lo que podríamos definir como recaudatorio, ya que no tiene sentido alguno su aplicación por ejemplo en mi caso, que llevo jubilado desde el 2003.
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Sin embargo, en el caso de algunos cargos públicos, no declaran parte de sus ingresos por considerarse "gastos de representación", lo que me hace creer que la ley no es igual para todos. Con casi 50 años cotizados, se ha vulnerado mi derecho adquirido. Aunque mi única pensión se considere de las altas, nadie me ha regalado nada, mi esfuerzo durante los años transcurridos me costó.
Espero y deseo que el nuevo Gobierno se dé cuenta de dicha atrocidad y vuelva a la normalidad.