Las unidades familiares entre cuyos miembros figure una persona mayor de 65 años pueden obtener beneficios fiscales que se reflejarán en su Declaración de la Renta, pues cada ascendiente de esa edad desgrava 1.150 euros, igual que una persona que padezca una discapacidad igual o superior al 33%. Si el conviviente tuviera 75 años o más, la cantidad a desgravar se amplía hasta los 2.550 euros.
Los requisitos para poder beneficiarse de esa desgravación son:
Que el ascendiente al cargo tenga más de 65 años a la fecha de devengo del impuesto
Que una persona de la unidad familiar tenga una discapacidad igual o superior al 33%.
El contribuyente deberá haber convivido con el ascendiente al menos la mitad del periodo impositivo
El ascendiente no puede tener rentas superiores a 8.000 euros, excluyendo las exentas de impuesto.
El ascendiente no puede presentar IRPF de más de 1.800 euros.
Aunque algún contribuyente con ascendientes a su cargo no esté obligado a presentar Declaración de Renta, debido a sus ingresos, conviene que revise si, gracias a esta deducción que puede aplicarse, le sería conveniente hacerla.