Poder realizar las tareas desde casa si uno no puede desplazarse al puesto de trabajo no es un argumento válido para que la Seguridad Social le niegue la pensión por incapacidad permanente a un empleado. Así lo ha estimado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que ha fallado a favor de una trabajadora y en contra del Estado, que impugnó su pensión invocando el recurso al teletrabajo.
Sentencia del TSJM
El Estado debe pagarle la pensión por incapacidad a un empleado aunque pueda teletrabajar
Teletrabajo /
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