El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) no considera sexista que una empresa imponga un uniforme a sus trabajadoras con publicidad a la altura de los pechos, siempre que también sea obligatorio para los trabajadores hombres. Así lo han determinado los magistrados en una sentencia a la que ha tenido acceso EL PERIODICO y que revoca la sanción de 25.000 euros interpuesta por un juzgado de primera instancia, que sí que vio discriminatorio para las mujeres esta práctica comercial. El alto tribunal consideran que dicha campaña comercial no era más cosificadora para mujeres que para hombres.
Polémica laboral
El TSJC no ve sexista imponer a las empleadas un uniforme con publicidad a la altura de los pechos
Los magistrados retiran una multa de 25.000 euros a la cadena de gasolineras Galp, ya que consideran que su campaña comercial no era más cosificadora para mujeres que para hombres
Archivo - Fachada del Palacio de Justicia de Catalunya, sede del TSJC y de la Audiencia de Barcelona.
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