Si una empresa despide a un trabajador justificando una afectación del coronavirus sobre su negocio está incurriendo en un despido improcedente. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) así lo ha determinado en la sentencia pionera en tierras catalanas y que por primera vez determina en un tribunal superior la interpretación concreta del 'prohibido despedir' introducido por la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, al inicio de la pandemia; según dicta el fallo al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO.
Doctrina judicial
Primer fallo del TSJC sobre el 'prohibido despedir': los ceses por covid son improcedentes
La tesis de la improcedencia, en detrimento de la nulidad, se impone entre un tribunal dividido y con tres votos particulares
El fallo, ganado por los abogados de CCOO, será recurrido ante el Tribunal Supremo y deberá ser este el que unifique la doctrina
Los magistrados catalanes critican la "incompleta técnica legislativa" del Ministerio de Trabajo para redactar la norma
Jueces durante un acto en el TSJC /
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