Rechazada la querella de los taxistas contra empresas de VTC

El jueza ni siquiera ha admitido a trámite la iniciativa presentada por cientos de taxistas, al no apreciar delito

La querella imputaba los delitos de estafa, fiscales, contra los derechos de los trabajadores, administración desleal, blanqueo y alteración del precio

Siete asociaciones de taxistas convocan una protesta en defensa del sector. Los taxistas han colapsado varias avenidas de la ciudad de Valencia y protestaron ante el Palau de la Generalitat. / Miguel Lorenzo

La jueza de la Audiencia Nacional María Tardón ha archivado la querella que cientos de taxistas habían presentado contra Cabify, Uber y otras 16 empresas de VTC, así como 39 de sus administradores, por presuntos delitos de estafa, contra la Hacienda Pública, contra los derechos de los trabajadores, administración desleal, blanqueo de capitales y alteración del precio de las cosas con engaño. La magistrada considera que o no se han producido o no serían competencia de la Audiencia.

La querella mantenía que la actuación de las VTC supone una intromisión ilegítima en un mercado tan intensamente regulado como el del taxi, lo que le causa daños y perjuicios permanentes. Sin embargo, para Tardón, esa argumentación parte de "la premisa falsa de considerar que la conducta desplegada por los querellados se ha producido en un mercado libre y carente de regulación".

Ve "evidente que es un sector fuertemente intervenido y sometido a regulación estatal, autonómica y local, por lo que no pueden aceptarse la querella, máxime cuando lo que señala es que la conducta de los VTC gira en torno al 'engaño' ño>

Sin poder manipular

Además, el auto sostiene que se "omite que no existe ni la posibilidad de manipulación de los precios en un sector intervenido ni tampoco un engaño a los consumidores que pagan por un servicio que aceptan libre y anticipadamente, no pudiendo apreciarse, en consecuencia, la principal conducta delictiva descrita que es, precisamente, la que arrastra los demás delitos conexos o derivados que se invocan en la querella".

De ahí que tampoco pueda, por tanto, apreciarse la concurrencia del delito de estafa y fraude a la Hacienda pública que giran igualmente alrededor del mencionado elemento típico del engaño.

En cuanto a los restantes delitos, contra los derechos de los trabajadores, administración desleal y blanqueo de capitales, la jueza sostiene que no figuran entre los que son competencia de la Audiencia Nacional.