Sentencia judicial

Los padres no tienen la obligación de volver a mantener a su hijo una vez este se independiza

Una sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona rechaza el recurso de un joven, que le exigía a sus progenitores una pensión alimenticia, años despúes de irse de casa

Jóvenes españoles. 

Que los jóvenes se lo piensen dos veces antes de dar el paso para independizarse, ya que una vez sus padres cierran el grifo no tienen la obligación de volver a abrirlo. Así lo ha considerado la Audiencia Provincial de Barcelona, en una sentencia del pasado 9 de mayo pero que se ha hecho pública este jueves, según ha adelantado EL PAÍS. Esta deniega a un joven de 24 años el derecho a exigir a sus padres una pensión para su manutención, una vez ya había tomado la decisión de independizarse.

El Código Civil Catalán, en su artículo 237.1, reconoce el derecho a garantizarse "alimentos" entre los miembros de una familia. Tanto en sentido descendente (los padres para con los hijos), como ascendente (los hijos para con los padres); aunque con prioridad los primeros respecto a los segundos. Ello, no obstante, tiene unos límites y se circunscribe a circunstancias de extrema necesidad. "Se entiende por alimentos todo cuanto es indispensable para el mantenimiento, vivienda, vestido y asistencia médica de la persona alimentada", según reza el código civil catalán.

Y el demandante, que vivía con sus abuelos en el momento de acudir a los tribunales, entendía que los costes de su manutención no debían asumirlos ellos, sino sus padres. El joven, tras la separación de sus progenitores, primero decidió vivir con su madre y luego con su padre, hasta finalmente instalarse con sus abuelos. Un cambio de domicilio durante el cual el muchacho no mostró una gran dedicación ni para el estudio ni para encontrar un empleo, según acredita la sentencia.

"Cuando alcanzó la mayoría de edad, estando con su padre, no estudiaba a pesar de estar matriculado en un curso de formación, que tampoco trabajaba y que el dinero de una beca para seguir estudiando se lo gastó en un tatuaje. Que por las diferencias con su padre, quien le exigía una mayor dedicación al estudio o en su caso que se pusiera a trabajar, finalmente se trasladó a vivir con sus abuelos paternos", constata el texto jurídico.

Una falta de independencia económica que el demandante mostró hasta días antes de presentar la demanda, pues la sentencia de primera instancia acreditó que el joven no se inscribió como demandante de empleo en el Servei d’Ocupació de Catalunya (SOC) hasta días antes de iniciar la vía judicial. Y, en este sentido, la Sala de la Audiencia Provincial de Barcelona es clara y considera que el joven “debe estar en condiciones de demostrar que la situación de necesidad en que se encuentra no se deriva de una causa que le sea imputable”. Es decir, debe demostrar que ha intentado cambiar la situación en la que se encuentra.

“Las personas cuando alcanzan la mayoría de edad […] deben asumir las responsabilidades de sus decisiones pues ya no están bajo la protección incondicional que se debe a los menores mientras lo son, precisamente porque ya están en la vida adulta”, insiste la sentencia.

Los jóvenes no se independizan hasta los 30 años

Más allá del caso concreto que originó la demanda, las altas tasas de paro y los bajos salarios son un lastre que eleva a la edad a la que los jóvenes se independizan hasta una de las más altas en toda Europa. Según datos de la oficina estadística de Eurostat, los jóvenes españoles no se van de casa de los padres hasta los 29 años; más cerca de estados como Italia (30 años) o Portugal (29 años), que de los nórdicos, como Suecia (18 años), Dinamarca (21 años) o Finlandia (22 años).

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