Falsos autónomos

Nueva sentencia en Madrid contra el modelo de Glovo

Un juzgado de la capital española falla a favor de un repartidor y considera que su relación con la empresa de reparto es propia de asalariado, no de autónomo

Un mensajero de Glovo por las calles de Barcelona. / RICARD CUGAT

El juzgado número 33 de lo social de Madrid ha puesto el empate en el marcador de sentencias contrarias y favorables en relación a si es legal o no el modelo laboral de Glovo. De momento van dos a favor y dos en contra en la capital del Estado, tal como ha hecho público este lunes el sindicato UGT. La última considera que la relación del repartidor demandante y la empresa era más propia de un asalariado, tachándo al 'rider' de falso autónomo.

Si bien en los juzgados de Madrid hay disparidad de opiniones, no se traslada dicha diversidad a las oficinas de la Inspección de Trabajo. Hasta ahora, este organismo ha fallado de manera unánime en contra del modelo laboral de la empresa de reparto a domicilio. De hecho, actualmente la prefectura de Madrid se encuentra en un proceso abierto en el que está dando de oficio de alta a los repartidores de la compañía como trabajadores por cuenta ajena en la Seguridad Social, tal como ya explicó EL PERIÓDICO. Una línea de actuación ya ejecutada en Zaragoza y Barcelona.