JUSTICIA EUROPEA

Medio millón de clientes pendientes de la vista sobre el índice IRPH

Protesta de afectados por el índice IRPH ante la Audiencia Provincial de Barcelona, el pasado mes de mayo.

EL PERIÓDICO

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha celebrado este lunes la vista por la triple cuestión prejudicial planteada por un magistrado español sobre la validez de las hipotecas referenciadas al IRPH (índice de referencia de préstamos hipotecarios). Aproximadamente medio millón de usuarios tienen hipotecas con este índice, que si se declarase ilegal o abusivo podría costar a la banca española hasta 44.000 millones euros en compensaciones a sus clientes, según Goldman Sachs.

El banco de inversión ha emitido un informe en el que calcula el impacto que tendría una sentencia desfavorable a la banca en las seis entidades que cotizan y que comercializaron hipotecas con este índice: Banco Santander, BBVACaixaBankBanc SabadellBankia y Unicaja, y lo aplica al resto del sistema financiero español para llegar a la horquilla de un coste para toda la banca de entre 7.000 y los citados 44.000 millones de euros. Para los seis cotizados afectados, una sentencia europea favorable a los consumidores les podría costar entre 4.600 y 29.249 millones, si todos los afectados reclamaran su dinero.

En términos absolutos, CaixaBank sería la más expuesta a la posible anulación del IRPH, lo que le costaría entre 1.775 y 11.250 millones. Por su parte, Santander y BBVA tendrían que devolver ambos entre 1.014 y 6.428 millones; Bankia, entre 406 y 2.571 millones; Sabadell, entre 355 y 2.250 millones, y Unicaja, entre 51 y 321 millones, en virtud de las estimaciones de Goldman Sachs.  

Tanto el representante del Estado español como el de Bankia hicieron referencia ayer a estas cifras durante la vista para oponerse a la consideración del citado índice como un cláusula abusiva, además de defender su legalidad. Advirtieron de que tendría un elevado coste económico que podría poner en peligro la estabilidad financiera. Además, el representante del Estado añadió que su desaparición sentaría un mal precedente jurídico, ya que su creación fue una decisión del Banco de España y podría cuestionar su autoridad. En un sentido similar se pronunció también un representante del Reino Unido, por el temor a que alguno de sus índices quedase en entredicho en el futuro según cual sea el sentido final de la sentencia. 

La banca española parte como perdedora en esta vista, dado que la Comisión Europea ya emitió en septiembre del año pasado un informe contra el uso de este polémico índice hipotecario y la sentencia del Tribunal Supremo de diciembre del 2017 que lo consideró suficientemente transparente y con las garantías necesarias para no considerarse como una cláusula abusiva. La Comisión Europea puso el grito en el cielo por esta interpretación de la justicia española y en su informe al TJUE aseveró que ese índice no ofrece ninguna garantía de transparencia y puede resultar abusivo. Durante su intevención en la vista, el representante de la Comisión dijo que no conocía las cifras del impacto de la posible supresión del índice y las consideró prácticamente un argumento de parte. 

Entre las cuestiones prejudiciales que se debatieron ayer está si se debería haber explicado a los prestatarios antes de firmar el contrato "cómo evolucionó el IRPH en el pasado y podría evolucionar en el futuro, informando y publicitando aquellas gráficas que expliquen de manera clara y comprensible al consumidor la evolución de este tipo específico en relación con el euríbor, tipo habitual de los préstamos con garantía hipotecaria". Este es uno de los puntos claves, dado que las hipotecas con IRPH están saliendo mucho más caras que las referenciadas a otros índices, como el euríbor. De hecho, el IRPH de entidades, el vigente actualmente, nunca ha llegado a estar en cifras negativas, ni tampoco su precedente. Esto contrasta con el principal índice de referencia de la hipotecas a tipo variable, el euríbor. Y actualmente esta diferencia se mantiene. En enero del 2019 el euríbor se situó en el -0,12%, mientras que el IRPH no solo sigue en positivo, sino que se mantiene mucho más elevado: 2,04%. Algunas organizaciones de defensa de los consumidores han estimado que de media una misma hipoteca referenciada al IRPH cuesta actualmente unos 300 euros más al mes que una que utilice el euríbor. 

También se preguntaba  al TJUE, como cuestión prejudicial previa, que si se declarase la nulidad del IRPH y no hubiese un pacto entre las partes, cómo debería aplicarse la directiva sobre cláusulas abusivas: con la integración del contrato, aplicando un índice sustitutorio habitual, el euríbor; o dejar de aplicar el interés, con la única obligación de devolver el capital prestado en los plazos estipulados por parte del prestatario o deudor.

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La decisión definitiva sobre el caso no se espera hasta mediados de este año. 

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