Horarios vigentes

¿A qué hora cierran los bares, restaurantes y discotecas en Barcelona y Catalunya?

La mayor parte de los establecimientos pueden funcionar de 6.00 a 2.30 horas, más media hora las noches de viernes y vísperas de festivos

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Encuesta múltiple: ¿Qué horarios pondrías a los bares?

Cena de grupo prenavideña en el restaurante Tangana, esta semana. / Jordi Cotrina

La Generalitat marca los horarios de los bares, restaurantes y establecimientos espectáculos públicos que se aplican en toda Catalunya. Solo se aplican ampliaciones automáticas en determinados momentos, como Navidad, Fin de Año, Carnaval, fiestas patronales, verano y otras, que varían según la tipología de establecimientos. Se trata de un modelo de máximos, porque los ayuntamientos puedos establecer reducciones de horario por cuestion de seguridad y molestias vecinales.

Restaurantes, bares, restaurantes-bares, restaurantes musicales y salones de banquetes

La normativa catalana establece que todos ellos pueden abrir a partir de las 6.00 de la mañana y cerrar a las 2.30 horas de la madrugada como máximo, aunque viernes y vísperas de festivos pueden alargar media hora su jornada. Se trata de un marco máximos, aunque muchos restaurantes optan por cerrar cocinas mucho antes y bajar la persiana sobre la una; del mismo modo en que hay bares que solo abren hasta media tarde o no trabajan los fines de semana.

Otra cosa son las terrazas, cuyos horarios regulan los ayuntamientos, que también pueden ajustarlos a la situación de cada zona. Como sucede en Barcelona, con puntos como el 'Triángulo golfo' y plazas de Gràcia y Ciutat Vella (en revisión) con cierres avanzados por la concentración de actividad y el descanso vecinal.

Bares musicales

Los clásicos bares de copas, que no sirven comida, pueden abrir como mucho a partir de las 12.00 del mediodía y cerrar a las 2.30 horas, también con una prórroga de media hora los viernes y vísperas de festivos.

Discoteca, sala de baile y sala de fiestas con espectáculo

Estas tres actividades tienen un margen máximo de apertura de las 17.00 horas a las 5.00 de la madrugada, aunque el cierre se alarga una hora los viernes y las noches vísperas de festivo.

Discoteca de juventud

Las discotecas de juventud (para un público de 14 a 17 años) pueden abrir a partir de las 17.00 horas y cerrar a las 22.00 como muy tarde.

Salas de concierto, cafés teatro y cafés concierto

Los locales con estos epígrafes de actividad deben abrir a partir de las 17.00 horas y cerrar hasta las 4.30 horas de la madrugada como mucho. Tienen un margen de media hora más los viernes y vísperas de festivos.

Espectáculos

Los espectáculos públicos, de cine, a teatro, musicales, circo y demás, pueden abrir a partir de las 6.00 horas salvo normativa específica diferente en su municipio. Deben cerrar a la 1.30 de la madrugada como máximo. Se pueden prolongar los viernes y vísperas de festivo como mucho una hora más.

'Afer hours'


Se consideran establecimientos de régimen especial con autorización para abrir de las 7.00 de la mañana a las 14.00 horas como máximo. Pero si disponen de otra licencia o autorización más, están obligados a cerrar por un periodo de dos horas cada 24 horas para realizar tareas de limpieza y ventilación. Cuando se ubican en municipios de más de 50.000 habitantes precisan licencia municipal y un informe vinculante previo de la Generalitat. En municipios más pequeños requieren autorización de la Generalitat y la conformidad previa del ayuntamiento afectado.